La justicia solicita un plan de contingencia urgente por la contaminación del río Arenales

Justicia 22/12/2023
río Arenales 2

En el marco de la audiencia solicitada con carácter de urgente por el Ministerio Público Fiscal por la contaminación hídrica en el río Arenales, el juez de Garantías 2, Ignacio Colombo, intimó a la empresa Aguas del Norte a que dé estricto cumplimiento a lo ordenado oportunamente en la sentencia del amparo; esto es, al cese inmediato del vertido de fluidos cloacales sin tratamiento adecuado en el Río Arenales.

Además, le ordenó la presentación, en un plazo de 48 horas hábiles, de Plan de Contingencia Urgente para atenuar o suprimir los efectos nocivos del vuelco de deshechos cloacales en el río Arenales. El proyecto deberá contemplar plazos de ejecución razonables y próximos en atención a la situación de alerta epidemiológica informada públicamente, y debe estar dirigida a atenuar o suprimir los efectos nocivos del vuelco de desechos cloacales con tratamiento insuficiente.

De la audiencia participaron el fiscal en lo Civil, Comercial, del Trabajo y en lo Contencioso Administrativo 1 y miembro de la Unidad Fiscal Ambiental Subcuenca Arias-Arenales, Rodrigo Erazo Schmidt; la asesora técnica del Cuerpo de Investigadores Fiscales, Leonor Barrenechea, representantes de Co.SA.ySa y del Ente Regulador de los Servicios Públicos. No asistieron representantes de la Municipalidad de Salta ni de la Provincia de Salta.

Durante la audiencia, Co.SA.ySa reconoció que su planta depuradora se encuentra superada en un 30 por ciento de su capacidad operativa e informó que la ampliación de la planta recién estará terminada, de acuerdo a lo proyectado, en febrero de 2025.


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Ante la alerta epidemiológica por el aumento de casos de salmonella efectuado por el Ministerio de Salud de Salta y las denuncias de vuelco de efluentes al río Arenales en la zona de la Pedrera, el juez Colombo hizo lugar a los requerimientos de la Unidad Fiscal y ordenó nuevamente al Municipio de Salta la colocación de letreros indicativos de fácil lectura en todos los lugares de acceso público a lo largo del trayecto del río que cruza la ciudad de Salta. Todo ello deberá estar cumplido y acreditado para el día 15 de enero.

Asimismo, resolvió que los estados provincial y municipal y la empresa Co.SA.ySa pongan en marcha una amplia campaña de difusión para prevenir el uso o utilización del Río Arenales debido a la contaminación existente, ello por cualquier medio de difusión masiva.


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El Juez de Garantías 2 también estableció que se deberá realizar una demarcación y vigilancia sanitaria de las zonas consideradas peligrosas, de manera conjunta por parte de las demandadas: Provincia de Salta y Municipio de Salta, verificando especialmente el cese de la actividad clandestina e ilegal desplegada por los productores ribereños del Río Arenales y de la captación de aguas contaminadas con efluentes vertidos en su sistema cloacal, actualmente destinada al riego de sembradíos y cualquier otra utilización clandestina que se detecte.

En el fallo, el juez Colombo resolvió que la Secretaría de Ambiente y Servicios Públicos de la Municipalidad de Salta debe realizar las siguientes acciones urgentes: a) controlar las malezas en las adyacencias de las zonas afectadas; b) limpiar inmediatamente los obstáculos a lo largo del curso del río para evitar zonas de aguas quietas; c) evitar y controlar la distribución y utilización de agua del afluente para riego y consumo humano o de animales, bajo apercibimiento de multas.

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