Si tenés medicina prepaga, atención: esto puede impactar en la cuota

Economía 25/02/2024
cuota

El aporte de 20% que deberán hacer empresas de medicina prepaga al Fondo Solidario de Redistribución (FSR) como decidió el Gobierno genera otro foco de tensión. La Superintendencia de Servicios de Salud (SSS) descartó que, como dicen las firmas, sea un nuevo impuesto ni fondo, y por tanto “tampoco deberá trasladarse al valor de la cuota”.

Al mismo tiempo, la Justicia dispuso que las empresas de medicina privada no podrán ajustar las cuotas por mayor edad del afiliado. Lo hizo al fallar a favor del reclamo de una particular contra su prepaga por "subas injustificadas y desproporcionadas" aunque debe resolverse la cuestión de fondo todavía.

Respecto a la ampliación del aporte en un 20% del Fondo Solidario de Redistribución, que financia tratamientos de alta complejidad y subsidia algunos gastos médicos, “no se trata de la creación de un fondo fiduciario, como señalaron algunos empresarios del sector, y mucho menos de un nuevo impuesto”, indicaron desde la SSS sobre la medida que se da en medio de la desregulación de obras sociales que permite desde ahora cambiar hacia otra o una cobertura de medicina prepaga.

En declaraciones periodísticas de los últimos días, Claudio Belocopitt, presidente de la Unión Argentina de Salud (UAS), consideró que “la desregulación de (el presidente Javier) Milei es buena, pero crearon un nuevo impuesto que hace inviables a las prepagas”.

Por qué el cambio puede ir a la cuota

Para el Gobierno, los últimos cambios en el sistema que permite a los trabajadores elegir entre una prepaga o una obra social busca generar mayor competencia y así bajar los costos y optimizar los servicios.

Sobre el cuestionado aumento del aporte al FSR, la Superintendencia recordó que sirve para financiar tratamientos de alto costo, “como son los gastos por discapacidad y otorga subsidios automáticos, con el objetivo de tener un sistema más equitativo y, justamente, más solidario”.

Concretamente, la medida que puso en alerta a las entidades es la obligación de aportar al Fondo el 20% de lo recaudado por fuera de los aportes salariales, es decir, del adicional que suman los trabajadores.

"Lo que cambia con la modificación del aporte no debería ir al valor de la cuota ya que se va a mantener dentro del sistema, en el Fondo Solidario. A partir de esto, las prepagas tendrán posibilidad de acceder a un Fondo Solidario más importante y con mayor volumen".

El argumento oficial se basa en que con la desregulación las prepagas también tienen la libertad de establecer el valor de la cuota que consideren, para fomentar la "libre competencia" y que el beneficiario pueda elegir ante una mayor oferta.

No a la suba por mayor edad

La Sala D de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial confirmó la cautelar dictada por el Juzgado Comercial N°9 para que la empresa de medicina prepaga Medicus S.A. de Asistencia Médica y Científica deje sin efecto el aumento del valor de la cuota del grupo familiar dispuesto en razón de la edad de una mujer afiliada, quien había cumplido 70 años.

La medida cautelar fue tomada en línea con el dictamen de la fiscal general Gabriela Boquin, y rige hasta que se resuelva la cuestión de fondo en el proceso, iniciado con el reclamo de la afiliada en 2023.

En su presentación, la fiscal había destacado que se encontraban "en juego derechos fundamentales con jerarquía constitucional, que hacen a la dignidad de la persona humana y su protección, así como también a la sociedad jurídicamente organizada”, tal es el caso del derecho a la salud y la obligación de preservarlo.

“Los aumentos injustificados y desproporcionados de la cuota del plan de medicina prepaga, sin dudas pueden devenir en la imposibilidad de cumplimiento de pago de la cuota por parte del afiliado, con su posterior suspensión o resolución del contrato”, fundamentó.

En tal sentido señaló que mediante la medida cautelar solicitada por las personas afiliadas se neutralizaban “provisoriamente las consecuencias que los mentados aumentos” y evitar un perjuicio en su situación financiera “en medio de un contexto de suma vulnerabilidad e incertidumbre”.

En el dictamen, la fiscal concluyó que la valoración e interpretación de la normativa, efectuada por Medicus S.A., contrariaba la normativa vigente y vulneraba los derechos humanos tutelados por la Constitución Nacional y los tratados internacionales.

(Télam/NA).

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