



Con la llegada de junio, se acerca también el plazo para el pago de la primera cuota del Sueldo Anual Complementario (SAC), más conocido como aguinaldo. Para conocer más sobre los derechos de los trabajadores en relación a este beneficio, CNN Salta 94.7 dialogó con el abogado laboralista César Rodríguez Galíndez.
“El aguinaldo debe pagarse en dos cuotas: la primera antes del 30 de junio y la segunda antes del 18 de diciembre”, explicó Rodríguez Galíndez. Y agregó: “Está destinado a todos los trabajadores en relación de dependencia cuya relación laboral esté registrada en ANSES, es decir, trabajadores 'en blanco'. El cálculo se realiza en base al mejor sueldo del semestre informado al organismo”.
Respecto a las obligaciones del empleador, el especialista fue contundente: “El trabajador siempre tiene la posibilidad de reclamar lo que le corresponde. El pago del salario, incluyendo el aguinaldo, es una obligación esencial del empleador. El incumplimiento puede derivar en sanciones, siendo el despido indirecto una de las más graves”.
Rodríguez Galíndez también se refirió a una cuestión frecuentemente debatida: los conceptos no remunerativos. “Todo lo que no sea remunerativo no integra el aguinaldo. Es una discusión permanente, porque muchas veces se otorgan aumentos de forma ‘no contributiva’ para evitar cargas impositivas. Sin embargo, si ese pago es habitual y responde a una contraprestación laboral, el trabajador puede reclamar que se considere como remunerativo”.
Finalmente, alertó sobre las consecuencias de la informalidad laboral: “El 75% de los reclamos en materia laboral tienen que ver con empleos no registrados en su totalidad, ya sea por la categoría, la fecha de ingreso o el monto salarial. Trabajar de esta manera puede afectar seriamente el futuro previsional: para jubilarse se necesita cumplir con la edad y contar con 30 años de aportes registrados”.







