¿Vendes por plataformas? ARCA modificó el régimen del IVA

Economía02/12/2025
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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) actualizó los valores correspondientes al régimen especial de ingreso del Impuesto al Valor Agregado (IVA) aplicable a los vendedores de bienes y servicios realizadas a través de plataformas digitales como Mercado Libre, Tiendanube o similares.

La nueva resolución entró en vigencia ayer, 1° de diciembre, y aplicará a todas las operaciones electrónicas concertadas o perfeccionadas a partir de esa fecha.


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El nuevo régimen aplicará para quienes realicen operaciones de venta de cosas muebles no registrables, tanto nuevas como usadas, para los locadores de obra y los prestadores de servicios a través de plataformas online.

La actualización alcanza, explicó la ARCA, a aquellos sujetos que “no acreditando la calidad de responsables inscriptos, de exentos o no alcanzados en el IVA, o en su caso, la condición de sujetos adheridos al Monotributo, realicen operaciones en forma habitual, frecuente o reiterada”.


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La Resolución General 5794/25,
publicada en el Boletín Oficial, establece que los nuevos parámetros a tener en cuenta para determinar si una persona opera o no en forma habitual en plataformas de comercio electrónico son los siguientes:

  • Habitualidad mensual: 10 o más operaciones y un monto total igual o superior a $750.000.
  • Habitualidad por cuatrimestre: 4 o más operaciones por mes durante el cuatrimestre, con un monto acumulado igual o superior a $750.000.
  • Para que las ventas de bienes usados de uso personal no sean consideradas habituales, el monto deberá ser menor a $1.500.000, previa declaración del vendedor.
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