Parejas de Santa Victoria Oeste y de Capital, las primeras en firmar uniones convivenciales

Ambas firmaron las actas ayer en el Registro Civil. Uniones convivenciales es una figura nueva establecida en el Código Civil y Comercial. La Provincia creó un subprograma específico.

Sociedad14/08/2015

Dos parejas, una de Santa Victoria Oeste y otra de Capital, se inscribieron esta mañana en el registro de uniones convivenciales que habilitó el Registro Civil en cumplimiento a lo que dicta el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación. Son las dos primeras desde que esa figura se puso en vigencia la semana anterior.Las actas se firmaron en la sede central del organismo (Almirante Brown 160). Desde el lunes de la semana anterior las consultas son permanentes sobre los requisitos para la inscripción.

Uniones convivenciales es una de las figuras novedosas del nuevo Código que reconoce la complejidad de una sociedad multicultural, los derechos y deberes de los convivientes. Ahora se simplificó el trámite y se pueden inscribir directamente en el Registro Civil”, indicó el secretario de Gobierno, Santiago Godoy (h), al tiempo que recordó que todo el personal fue capacitado.

El funcionario informó que las personas con un proyecto de vida en común y una relación afectiva estable pueden inscribirse para acreditar la unión convivencial, “que da derechos sobre los hijos en común, la casa que puede quedar protegida. La pareja tiene derecho a realizar pactos y los integrantes declarar qué tipos de bienes llevan a la convivencia y qué pasaría en caso de que decidan concluir con el vínculo”.

Godoy mencionó que la ley contempla también una compensación económica para el integrante de la pareja que quede en situación de desventaja en caso de una separación. 

Detalles· El nuevo Código Civil y Comercial de la Nación establece que la figura unión convivencial se aplica a la unión basada en relaciones afectivas de carácter singular, público, notorio, estable y permanente de dos personas que conviven y comparten un proyecto de vida en común, sean del mismo o de diferente sexo.

· Los integrantes deben ser mayores de edad, no estar unidos por vínculos de parentesco por afinidad en línea recta, no tener impedimento de ligamen ni estar registrada otra convivencia de manera simultánea y que mantener convivencia durante un período no inferior a los dos años.

· La unión convivencial puede acreditarse por cualquier medio. La inscripción en el registro es prueba suficiente de su existencia.

· Para inscribirse, la pareja debe presentar acta de nacimiento actualizada y legalizada, DNI, dos testigos mayores, si existe una unión previa se deberá acreditar su cancelación, si hay un pacto de convivencia previo debe ser presentado.

Fuente: Parte de prensa

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