Diez años de prisión por intento de homicidio

El 16 de abril del 2011, Walter Andrés Pérez, efectuó tres disparos con un revólver calibre 22 a su mujer. Ella fue herida en el pecha y en la cabeza.

Policiales 16/04/2014

La Corte de Justicia rechazó un recurso de casación interpuesto por la defensa técnica de Walter Andrés Pérez, condenado por la ex Cámara Segunda en lo Criminal a diez años de prisión por resultar autor material y penalmente responsable del delito de homicidio en grado de tentativa, en perjuicio de su mujer.Tras el análisis del fallo recurrido, la Corte desestimó las objeciones y consideró que “no surge causal alguna que pueda conmover las conclusiones a las que arribaron los jueces que dictaron la sentencia, sino todo lo contrario, pues resulta diáfano también al análisis de las pruebas que tuvieron en cuenta para considerar culpable al causante y calificar su conducta del modo que lo hicieron”.

El Alto Tribunal remarcó que el fallo se asienta en circunstancias fácticas acaecidas en el juicio y las conclusiones objetadas por la defensa exceden la capacidad revisora de la Corte. “El Tribunal de casación no debe subrogar al de juicio avasallando los beneficios de la inmediación que da razón de ser a la etapa plenaria del proceso penal”, aclararon los magistrados. Y agregaron que les está vedado “asignar crédito o restárselo a una prueba producida en la audiencia de debate que la Cámara conoció de manera directa, salvo que su apreciación aparezca dotada de un sustento arbitrario por contrariar las normas de la sana crítica racional, o porque no se halle acompañada de los debidos fundamentos”.

Los jueces del Alto Tribunal subrayaron que las circunstancias de comisión del delito investigado surgen fundamentalmente del testimonio de la víctima, “cuyo valor incriminante ha sido destacado por esta Corte en numerosos precedentes (…) y que es corroborado por los informes médicos que dan cuenta de la lesión causada a la víctima mediante el empleo de un arma de fuego, la cual resulta absolutamente idónea para, de ordinario y sin la intervención de factores extraños a la voluntad del acusado, causar la muerte”.

En la sentencia recurrida se tuvo por acreditado en grado de certeza suficiente que el 16 de abril de 2011, cerca del mediodía, Walter Andrés Pérez efectuó tres disparos con un revólver calibre 22 a su mujer. La pareja se encontraba en el dormitorio de la víctima, donde habían pasado la noche juntos. La mujer recibió disparos en zonas vitales del cuerpo (cabeza y pecho).

Fuente: Parte de Prensa Poder Judicial

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