Declararon culpable al ex intendente Prado por el robo del Gasoducto Nea

Justicia 03/12/2021 InformateSalta InformateSalta
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Tras cinco meses de audiencias, el Tribunal Oral Federal N°2 dio a conocer su veredicto respecto a la responsabilidad penal de las 10 personas llevadas a juicio por los delitos de robo agravado y defraudación a la Administración Pública, en torno al robo de caños del Gasoducto Nea.

El juez Abel Fleming, junto a los vocales Gabriela Catalano y Domingo Batule, dieron a conocer en su larga exposición que, tanto sobre los hechos, las pruebas y la calificación jurídica, el tribunal declaraba culpables al ex intendente de Aguaray, Jorge Enrique Prado; al titular de la empresa OSYP SA, Diego Alos y a Adrián Vera, señalado como uno de los principales ejecutores del plan de retiro de los caños.

Respecto a la calificación penal, el tribunal resolvió imponerles a Prado, Alos y Vera la figura penal de robo agravado por ser cometido en despoblado y en banda, en su carácter de delito continuado, en calidad de coautores. Por otro lado descartaron la acusación por defraudación a la Administración Pública, mientras que a Vera le sumaron el delito de falsificación de documentos.


prado1Gasoducto GNEA: Pidieron declarar culpable al ex intendente de Aguaray

En sus fundamentos, los jueces se refirieron en duros términos a las conductas de Prado y Alos, a quienes calificó como socios de un “plan criminal”, cuyo único objetivo era concretar el mayor saqueo posible de los caños del gasoducto NEA.

No menor fueron los calificativos para Vera a quien tildaron de mentiroso y “vende humo”, incluso resaltaron la falta de resonancia afectiva y la utilización que realizó de las personas con las que tuvo trato, con el único objetivo de sacar provecho de cada uno de ellos.

En cuanto al hecho, el tribunal entendió que el robo consistió en la gestación de la Resolución Municipal N°1.215, la cual fue urdida con el único fin de darle ropaje legal al traslado de los bienes que tenían proyectados saquear de una planta petrolera instalada en la finca de Ñacatimbay, lo que se frustró por la férrea resistencia del administrador de esa propiedad.

En vista de ello, Alos y Prado redireccionaron la maniobra hacia los caños ubicados en el paraje de Tonono, ya en el municipio de Tartagal, para lo cual cambiaron la resolución a fin de poder justificar la extracción y traslado de esos caños, siempre bajo el falso argumento que se trataba de pasivo ambiental.

Para los jueces, Prado, ALOS y Vera fueron los principales responsables del mayor saqueo de caños de una obra del Estado Nacional, en la cual se había dispuesto una inversión de 2.000 millones de pesos y que tenía como objetivo beneficiar a 1.700.000 habitantes. Ahora, está previsto que el próximo lunes se avance con el juicio de determinación de pena, oportunidad en que la fiscalía planteará las penas para los imputados declarados culpables.

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