Mediante resolución publicada en el Boletín Oficial, el Ente Regulador de Servicios Público, comunicó cómo serán los incrementos para el servicio de energía eléctrica a partir de este mes.
El nuevo esquema tarifario prevé un incremento del 32% en tres tramos: 20% en mayo 2022, 6% en Agosto 2.022 y un 6% en Octubre 2.022.
La novedad es que no se aplicarán aumentos para el año 2023.
Entre otras medidas, el Ente también ordenó crear dos categorías tarifarias denominadas Tarifa Social Residencial segmento 1 y Tarifa Social Residencial segmento 2, en las cuales se aplicará sólo el 50% del incremento tarifario establecido.
Dentro de estas categorías se incluirán a:
1.- Usuarios con consumo menor a 400 kwh/mes e ingreso menor a $70.000 encuadrados en los siguientes supuestos:
· Beneficiarios y beneficiarias de la Asignación Universal por hijo (AUH) y la
· Asignación por embarazo.
· Beneficiarios y beneficiarias de Pensiones no Contributivas.
· Usuarios inscriptos y usuarias inscriptas en el Régimen de Monotributo Social.
· Jubilados y jubiladas, pensionados y pensionadas.
· Trabajadores y trabajadoras en relación de dependencia.
· Trabajadores monotributistas inscriptos y trabajadoras monotributistas inscriptas
· en una categoría afín.
· Usuarios y Usuarias que perciben el seguro de desempleo.
· Usuarios incorporados y usuarias incorporadas en el Régimen Especial de
· Seguridad Social para Empleados de Casas Particulares (Ley Nº 26.844).
2.- Usuarios que residen en barrios inscritos en RENABAP.
3.- Usuarios con subsidio conforme Resolución Ente Regulador N° 1786/21
4.- Merenderos, comedores, instituciones beneméritas y clubes deportivos subsidiados a la fecha, conforme Resoluciones emitidas por el ENRESP.