


Analizan tratar como “flagrantes” los delitos detectados por el Centro de Videovigilancia
De aplicarse esa figura legal, las fiscalías podrían aplicar un proceso judicial sumarísimo.
Justicia04/10/2013En el marco de una visita realizada por los fiscales penales al Centro de Videovigilancia del Servicio de Emergencia del 911, el Procurador de la Provincia, Pablo López Viñals y el ministro de Seguridad provincial, Eduardo Silvester, coincidieron en tratar los hechos delictivos registrados por las cámaras de este moderno sistema como delitos flagrantes, figura legal que permite a las fiscalías aplicar un proceso judicial sumarísimo.
Durante la visita, los fiscales se interiorizaron sobre el funcionamiento de las más de 200 cámaras que vigilan, tanto el micro como el macrocentro de la ciudad a fin de detectar actividades delictivas y de emergencias, como así también las tareas que se llevan a cabo en los tres departamentos de análisis técnico que funcionan en el edificio de calle Ameghino y Mitre.
El coordinador del área, Juan Guzmán Cieri, junto al secretario de seguridad, Federico Jovanovics, explicaron a los fiscales el funcionamiento del centro de videovigilancia y el alcance de las distintas cámaras, como así también la capacidad de cada una de ellas para almacenar material fílmico, elemento clave en materia de inevestigación penal.
López Viñals y Silvester analizaron los criterios de remisión del material fílmico a la órbita de las fiscalías penales, ya que se trata de una prueba clave en el proceso judicial que los fiscales llevan adelante al momento de investigar los distintos hechos delictivos.
Al respecto, se resaltó el hecho de que en el último mes este centro de videovigilancia detectó más de 450 hechos en los que se requirió la intervención policial. Asimismo, se adelantó que hasta fin de año se proyecta tener en funcionamiento el doble de cámaras que actualmente ya monitorean la ciudad.
Sobre el aporte de este recurso técnico, López Viñals y Silvester analizaron asignarle a los hechos registrados la figura penal de “flagrancia”, instancia que está contemplada en la reforma del código procesal penal y que permite a los fiscales aplicar un proceso judicial rápido a fin de evitar que los tribunales se saturen con pilas de expedientes.
Al respecto, y según lo establecido por el artículo 271 del Código Procesal Pena, cabe señalar que este proceso conocido en el fuero penal como sumarísimo se aplica “a los casos de flagrancia donde la pena mínima no exceda los cinco (5) años de prisión o a los casos de concurso de delitos donde ninguno de ellos supere dicho monto.
Proyecto integral
El sistema de seguridad a través del monitoreo de cámaras de video, forma parte de un proyecto integral de conectividad y telecomunicaciones. Incluye además, el servicio de Internet en las principales plazas o espacios públicos de la Provincia y una red de comunicación interna entre todos los organismos públicos.
Cabe destacar que el nuevo sistema capta hasta el momento información de 220 cámaras ubicadas en lugares elegidos estratégicamente en la ciudad de Salta.
Fuente: Nuevo Diario de Salta












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