El juez de la Sala I del Tribunal de Juicio de Orán, Edgardo Laurenci, condenó un hombre de 25 años por ser autor de los delitos de lesiones leves agravadas por existir relación de pareja y violencia de género y desobediencia judicial en concurso real, además se le impuso la pena de un año de prisión de ejecución condicional.
El fallo dictaminó que durante dos años, deberá fijar domicilio y abstenerse de cometer nuevos delitos además tiene prohibido ejercer actos de violencia en perjuicio de la víctima y en caso del incumplimiento injustificado, podría dejarse sin efecto la condicionalidad de la pena impuesta. También se ordenó que una vez firme la condena se proceda a la realización del examen genético del condenado, para su inscripción en el Banco de Datos Genéticos. El joven fue absuelto del delito de coacción por aplicación del principio de la duda.
Durante su declaración en la audiencia de debate, la víctima negó los hechos y dijo que no se acordaba cómo había sucedido el ataque porque habían estado ingiriendo bebidas alcohólicas, por otro lado agregó que su mamá nunca había estado de acuerdo con su relación.
La denuncia fue radicada por la suegra del acusado el 26 de noviembre del año pasado después de que el en la madrugada el golpeará a su pareja de 17 años. La mujer fue alertada por una vecina y cuando llegó a la casa vio a su hija con golpes en la cara por lo que llamó a la policía mientras que el acusado se fue de la casa y la víctima fue trasladada al hospital.
Unos meses antes, el 14 de mayo de ese mismo año, ya había sido denunciado por su suegra y se habían dispuesto medidas restrictivas de prohibición de ejercer hechos de violencia en perjuicio de la víctima.