



El juez de la Corte de Justicia, Pablo López Viñals, presentó su descargo ante el Ministerio de Seguridad y Justicia, en el cual rechaza los cuestionamientos del juez Gonzalo Mariño.
El Dr. Pablo López Viñals presentó su respuesta a la objeción formulada por el juez Mariño, todo en el marco del procedimiento participativo previsto por la Ley N° 8311 para la designación de jueces de la Corte de Justicia.
En su descargo sostuvo que la impugnación carece de sustento constitucional o legal y que no se basa en ninguna causal de incompatibilidad prevista por norma.
Señaló que la objeción podría deberse a un desacuerdo con Mariño sobre una sentencia dictada por la Corte de Justicia en el marco de un expediente promovido por el propio Mariño, informó FM Aries.
En dicha sentencia resolvió por unanimidad que el nuevo articulo 156 de la Constitución provincial es de aplicación inmediata a juezas y jueces inferiores ya en funciones, estableciendo el cese obligatorio al cumplir los 70 años o al obtener la jubilación.
Viñals señaló que los constituyentes dejaron habilitada la posibilidad de que los actuales jueces de la Corte- designados antes de la reforma- sean nombrados nuevamente por un solo periodo de diez años, conforme al nuevo régimen.
“Emitir un voto como juez en una causa asignada por ley no compromete la moral pública, sino que constituye un deber funcional” expresó.
Ahora continuará el análisis de las observaciones recibidas y la remisión del pliego al Senado provincial para su tratamiento.







